¿Qué reclaman?
Desde hace varios años el sur argentino es objeto de sistemáticas ocupaciones y reclamos territoriales violentos por parte de los muy promocionados mapuches, un pueblo “originario” sólo en la inventiva del Foreign Office británico. Para la reivindicación de tierras consideradas como “propias” se amparan en el artículo 75, inciso 17, de nuestra Constitución Nacional, que sostiene: “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones”.
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